Avales a actividades científicas y académicas por la Sociedad Venezolana de Bioanalistas, no incluidas en el artículo 3 del reglamento unidades crédito FECOBIOVE

Jun 11, 2022 | Reglamentos

La SVBE está abierta a considerar el estudio de actividades científicas que le sean solicitados por entidades tanto públicas como privadas cuyos programas y objetivos reúnan los requisitos necesarios para promover sus fines, siendo el objetivo de dicha concesión AVALAR el valor científico de la actividad.

Con base a ser el ente encargado de brindar a las Instituciones de cada región, los elementos necesarios para elaborar, evaluar e instrumentar la política científica, a través de la armonización de las distintas formas de superación y la adecuada utilización de los recursos informativos, en aras de contribuir al desarrollo de servicios docentes, asistenciales e investigativos de excelencia, con la intencionalidad de optimizar la formación continua de los profesionales del Bioanálisis.

CRITERIOS de la SVBE para avalar actividades científicas

La Sociedad Venezolana de Bioanalistas Especialistas, representada por su Junta Directiva, considerará avalar las actividades científicas que se lleven a cabo, preferentemente, en el ámbito del saber del Bioanálisis, siempre y cuando cumplan los siguientes criterios:

Sus objetivos, temática y desarrollo incumban directamente a los profesionales del gremio de Bioanalistas, con ejercicio en las áreas de la Biología molecular, Bioquímica, Ciencias Morfológicas (Citología), Genética, Hematología, Inmunología, Bacteriología, Micología, Parasitología, Virología, Química Aplicada, Salud Pública, Toxicología, Educación en Bioanálisis, entre otras.

La mencionada actividad científica esté dirigida, en mayor o menor medida, a dichos profesionales.

Favorezcan la divulgación social del conocimiento en el ámbito del ejercicio de nuestra profesión.

En su organización y desarrollo participen profesionales miembros del Gremio de Bioanalistas y en especial de la SVBE.

No interfieran en el desarrollo ni compitan temporalmente con otras actividades auspiciadas u organizadas por la propia Sociedad o Gremio de Bioanalistas.

En última instancia la SVBE considerará la idoneidad de dichas actividades, evaluando tanto el interés real y el rigor científico suficiente de los temas a tratar como el hecho de que no obedezcan de manera exclusiva a un interés comercial.

Las actividades susceptibles de recibir el aval de la SVBE son:

  1. Actividades científicas desarrolladas por otras Sociedades Científicas: reunión, simposio o jornada, seminario, taller, entre otros
  2. Documentos de Consenso y Guías para el ejercicio del Bioanálisis
  3. Documento impreso: libro, manual, guía, monografía
  4. Documento electrónico: libro, manual, guía, página web, CD/ DVD
  5. Elemento audiovisual: video, audio
  6. Encuentro, acto social o campaña divulgativa realizada por cualquier medio de difusión de interés para el gremio de Bioanalistas
  7. Cualquier otra actividad o documento científico que se considere de interés.
  8. Campañas divulgativas con interés científico.
  9. Premios y distinciones.

Se tendrán en cuenta además:

  • El grado de participación de la SVBE en el diseño de contenidos.
  • Además, no se avalarán consensos o guías para el ejercicio del Bioanálisis en los que la SVBE no sea entidad promotora de los mismos o participe en su elaboración.
  • No se avalarán productos, instrumentos ni dispositivos para los Laboratorios.
  • El aval de la SVBE podrá implicar otros apoyos si ello es solicitado, como la publicitación a través de la página web de la SVBE, correo electrónico, correo postal, y asesoramiento científico.

Implicaciones del aval

El aval institucional implica la conformidad/apoyo de la SVBE al contenido y fines de la actividad avalada. Permite al organizador de la actividad mostrar el apoyo de la SVBE bajo las condiciones establecidas en esta política.

Desde la Dirección de Asuntos Científicos de la SVBE se realizará un registro de dicha actividad para su inclusión en la Memoria de la SVBE.

El patrocinio o aval de la SVBE comprende el interés científico/docente de la actividad avalada y en ningún caso la SVBE será responsable del contenido y/o desarrollo de dicha actividad, ni de la información u opinión vertidas durante su celebración a través de sus organizadores o personal docente así como de cualquier cargo económico derivado o implicado en la misma.

El anagrama SVBE y su logotipo, solo podrá ser usado por los organizadores de la actividad y reproducido según lo establecido en la política de imagen corporativa, que se hará llegar una vez sea concedido el aval, quedarán condicionadas a la firma del documento de declaración de conformidad en el que figuran las condiciones y términos del uso del aval.

El tamaño del logo en ningún caso será mayor que el de la entidad organizadora o el de otras entidades patrocinadoras.

El uso del anagrama y logo de la SVBE estará restringido al propósito aprobado. Las ediciones futuras y nuevos proyectos necesitarán ulterior permiso escrito de la comisión para tal fin, de la SVBE.

El aval de la SVBE no implicará en ningún caso apoyo económico a la actividad.

El logo será cedido por la SVBE en el formato solicitado y deberá contener el siguiente texto: “Actividad avalada por la SVBE”.

La entidad organizadora de la actividad avalada tendrá derecho a:

Hacer público el aval obtenido y el logotipo de la SVBE en sus carteles, programas y otros medios de difusión, de manera exclusiva y limitada a la actividad avalada.

La entidad organizadora tendrá la obligación de:

Reproducir fielmente en todo momento en la difusión de la actividad en los términos en que se ha redactado la concesión del aval, unidos al logotipo distintivo de la SVBE.

Ajustarse al programa valorado por la SVBE en cuanto a rigor y calidad científica/ docente.

Responsabilizarse de emitir cuanta documentación relacionada con el curso sea requerida por la SVBE.

Como solicitar el aval científico

Para solicitar el aval, debe llenar el online el “formato de solicitud de aval”,

En dicho formato, se debe adjuntar como archivo adjunto una copia del programa de la actividad que se desea avalar, así como cuantos archivos se estimen oportunos.

Criterios para solicitar el aval

La solicitud de aval científico deberá presentarse con una antelación de al menos un mes antes de la realización del evento/actividad para que pueda ser evaluada por la Comisión de la SVBE designada para tal fin.

La solicitud debe ser presentada por la Dirección/organización de la actividad formativa o evento propuesto.

En función del grado de implicación de la SVBE en la actividad formativa se podrá exigir la inclusión de miembros del gremio de Bioanalistas y/o miembros de la SVBE en el Comité Organizador de la actividad. Se desestimará el aval científico de un evento o reunión si no participa algún miembro del gremio de Bioanalistas.

Para solicitar el aval, se deberá:

  1. Llenar el formato online de solicitud de aval científico.
  2. Remitir el programa de la actividad.
  3. Para que la solicitud sea valorada e iniciarse los trámites deberá realizar un ingreso bancario de n unidades tributarias en la cuenta de la SVBE. En caso de que la valoración sea NEGATIVA se procederá a la devolución de dicho importe.

Estarán exentas de esta cuota las actividades promovidas por órganos, entes, o agremiados de los Colegios de Bioanalistas.

Comisión evaluadora

El responsable de la evaluación y otorgamiento de los Avales será la Comisión EVALUADORA de la SVBE, que realizará una valoración de criterios definidos en función de la tipología de actividad y expedirá el informe correspondiente. La decisión será comunicada formalmente por la Junta Directiva de la SVBE al solicitante en un plazo no superior a 5 días hábiles desde su solicitud.

Tiempo que dura el aval

La concesión del aval será únicamente para una edición de la actividad y, en el caso de actividades formativas, por un período de un año. La solicitud del aval ha de realizarse por cada edición de la actividad en concreto, aunque no se haya modificado ningún dato o contenido de cada edición respecto a la anterior.

Derechos y obligaciones de la entidad organizadora y de la SVBE

La concesión de aval por parte de la SVBE conlleva que la organización del evento a poner en conocimiento de los participantes que aquellos que sean asociados de la SVBE tendrán un
Beneficio/descuento sobre la inscripción de la actividad, como parte del “Convenio de aval” entre la SVBE y los organizadores de la actividad.
La entidad organizadora de la actividad avalada tendrá derecho a:

  • Hacer público el aval obtenido y el logotipo de la SVBE en sus carteles, programas y otros medios de difusión, de manera exclusiva y limitada al curso avalado. Para ediciones posteriores ha de solicitarse un nuevo aval, quedando supeditada la utilización de dichos distintivos a la obtención del nuevo aval.
  • Solicitar de la SVBE, si lo desea, asesoramiento o participación en los comités encargados de la
    Actividad científica avalada.
  • Difundir a través de la Web de la SVBE la actividad avalada.
  • En caso de solicitar algún medio más de difusión como boletín electrónico, envío de correo Electrónico a los miembros, publicitando el evento, deberá abonar las tasas correspondientes:

    Tarifas publicidad web/ boletines o avalados SVBE

    – n Unidades Tributarias (aval científico y subida a la web en avalados) + 1 envío boletín
    – Envío de 1 boletín extra: n Unidades Tributarias
    – Envío de 2 boletines extra: n Unidades Tributarias
  • El Logotipo junto con el texto que se podrá adjuntar al programa, posters y folletos de la actividad es el siguiente: Texto: “Avalado por la Sociedad Venezolana de Bioanalistas Especialistas (SVBE)”.

La entidad organizadora tendrá la obligación de:

  • Reproducir fielmente en todo momento en la publicidad de la actividad, los términos en que se ha redactado la concesión del aval, unidos al logotipo distintivo de la SVBE.
  • Ajustarse al programa valorado por la SVBE en cuanto a rigor científico/ y calidad académica.

En el caso de que la actividad sea un libro, CD/DVD, video, monografía, revista o similar, las Entidades patrocinadoras se comprometen a enviar a la SVBE un número de ejemplares para Biblioteca.

  • En el caso de que la actividad sea una reunión, jornada o similar, se deberá remitir a la
    SVBE una memoria de la actividad y, en su caso, el libro de ponencias y comunicaciones o cualquier documento que se considere de interés. La entidad organizadora se compromete a que un representante de la SVBE nombrado por la Junta Directiva, esté presente en el acto de la presentación de la actividad, de común acuerdo con la organización.
  • En el caso de que la actividad sea un premio o distinción, las entidades patrocinadoras se comprometen a enviar una copia a la SVBE si fuera solicitado. Si fuera necesaria la concurrencia de un jurado, la SVBE deberá ser consultada para el nombramiento de al menos uno de sus miembros.
    En el acto de entrega del premio o distinción deberá estar presente un representante de la SVBE que será nombrado por la Junta Directiva.
  • Responsabilizarse de emitir cuanta documentación relacionada con el curso sea requerida por la
    SVBE.

La concesión del aval y uso del logotipo implican la aceptación de las condiciones y términos del uso del aval, así como del logotipo de la SVBE que constan en la declaración de conformidad expuesta. (Anexo N°2) Cualquier incumplimiento o variación de los requisitos aprobados o un uso inadecuado del aval podrán suponer una retirada del derecho a la utilización del mismo y obligar a su retirada, y difusión de la actividad. La utilización o difusión del aval o su preaviso de solicitud sin estar aprobado, supondrá la posibilidad de medidas disciplinarias para los miembros de la SVBE, y de las posibles acciones legales correspondientes. El incumplimiento de los requisitos aprobados en la concesión de un aval podrá ser causa de denegación de solicitudes de aval para peticiones posteriores.

Consideración final

El aval de la SVBE comprende el interés científico/académico de la actividad acreditada. En ningún caso la SVBE será responsable del contenido y/o desarrollo de dicha actividad, ni de la información u opinión vertidas durante su celebración a través de sus organizadores o personal docente.

Asimismo, la concesión del aval no implica en modo algún sufragar, total o parcialmente los gastos correspondientes al desarrollo de la actividad.

La SVBE se reserva el derecho a introducir «Criterios Específicos» en cualquier actividad, si

Concurrieran aspectos particulares no contemplados en este documento.

La SVBE se reserva el derecho a modificar en cualquier momento el presente documento por decisión y aprobación expresa de la Junta Directiva.

Como responsable científico del organismo solicitante de aval y uso del logotipo a la SVBE, he leído este documento y acepto los derechos y obligaciones en ella expuestos.

El presente dictamen se aprobó el 16 de noviembre de 2019 en la LVII Convención Nacional de Bioanalistas, Maracay.

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